Capitulo 1. Programas de Derecho: oferta internacional en modalidad a distancia y virtual

DOI: https://doi.org/10.22490/9789586516303.01
Sección
Capitulos del Libro
Alba Luz Serrano Rubiano Universidad Nacional Abierta y a Distancia
Elliot Parra Ávila Universidad Nacional Abierta y a Distancia

La universidad, tal como se conoce hoy, comienza a configurarse en Bolonia bajo la égida del ilustre jurista Irnerius (Rashdall, 2010, p. 89-122) y la educación jurídica actual es producto de esa tradición universitaria occidental. Mientras otras disciplinas consideran las experiencias del pasado como simples datos históricos, en el Derecho la historia se considera con mucha frecuencia como un argumento válido para justificar decisiones en la actualidad, al extremo que se ha calificado la tradición jurídica colombiana como “romanista” (López, 2007, p. 11 y ss.).  Todo ello implica que la educación jurídica en Latinoamérica es “conservadora y tradicional” (Montoya, 2010, p. 546) y, por tanto, resistente a los cambios, no solo en las metodologías al interior de la modalidad de educación presencial, sino también respecto de la incursión de las modalidades a distancia y virtual (en adelante MaDVi). 

El carácter tradicionalista de la educación jurídica y su resistencia a la incursión de modalidades no presenciales no son exclusivos de los países pertenecientes a la familia del civil law; en los Estados Unidos, fiel exponente de la tradición del common law, también existen ciertas reticencias a los cambios. Un ejemplo de ello es el Estándar 306 de la American Bar Association -ABA-, que sostiene que la ABA no aprueba ninguna facultad de Derecho que otorgue un diploma de “tercer ciclo” a través de educación a distancia completamente, lo que implica que obtener un título bajo dicha modalidad limita drásticamente la capacidad del graduado para ingresar a la barra de abogados en muchos estados de la unión norteamericana. 

En Colombia, las objeciones a la educación jurídica no presencial, en general, y para los programas de Derecho, en particular, constituyen una especie de consenso silencioso que consistiría en que el programa de Derecho en el país no puede ser ofrecido en modalidades no presenciales (a Distancia y Virtual), por razones que aún están pendientes de ser expuestas. Por lo dicho, es pertinente abordar la oferta educativa jurídica en el ámbito internacional, con el objetivo de identificar tendencias y realidades que permitan tener mejores criterios de reflexión acerca del fenómeno de la oferta de los programas de Derecho en MaDVi. 

En este texto se presentan, en primer lugar, dos notas metodológicas sobre las características que tiene la investigación en relación con los programas de pregrado en Derecho en modalidades no presenciales, para pasar, en segundo lugar, a presentar un inventario de dicha oferta en el mundo.