¿Cómo afrontar la impunidad? Las iniciativas de memoria en escenarios judiciales
How to deal with impunity? Memory initiatives in the legal scene
Sergio Nicolás Velandia-Amaya;1 Christian Camilo Peñuela-Gallo2
Resumen
El presente artículo tiene como objetivo socializar una experiencia de construcción de iniciativas de memoria en el acompañamiento psicojurídico en escenarios judiciales3mediante la elaboración de una galería de memoria con una madre cuyo hijo fue víctima de graves violaciones a los derechos humanos en la ciudad de Bogotá. Se llevó cabo a partir de una metodología de la memoria junto con técnicas participativas durante ocho meses. Como resultado de esta iniciativa de memoria se elaboró la Galería de Omar y Lucero contra el olvido y la impunidad, la cual constituye un mecanismo de afrontamiento en el cual se resalta la historia de vida de esta madre y se enfatiza en su lucha contra la impunidad, además de reivindicar el buen nombre de su hijo.
Palabras clave: Iniciativas de memoria, acompañamiento psicojurídico, derechos humanos, ejecuciones extrajudiciales.
Abstract
This article has the goal of sharing a concrete experience of construction of memory initiatives amid legal and psychological support in legal stages. A memory gallery was elaborated with a mother whose child had been a victim of serious violations to human rights in Bogotá. This process was carried on following a special memory methodology and participatory techniques during a period of eight months. The result of this initiative was the elaboration of Galería de Omar y Lucero contra el olvido y la impunidad (Omar’s and Lucero’s Gallery against Forgetfulness and Impunity) representing a coping mechanism that highlights this mother’s personal life history and emphasizes her fighting against impunity, this way vindicating her son’s good name.
Keywords: Memory Initiatives, Legal and Psychological Support, Human Rights, Extrajudicial Killings.
Introducción
Durante el periodo denominado Política de Seguridad Democrática en los gobiernos del expresidente Álvaro Uribe Vélez, la población civil fue víctima de ejecuciones extrajudiciales bajo la modalidad de “falsos positivos”, caracterizada por el asesinato masivo de miles de jóvenes desarmados e indefensos. Dichos crímenes de Estado se orquestaron con la finalidad de mejorar los resultados visibles en la lucha contra el terrorismo y la insurgencia en Colombia. El presente artículo parte del interés en aportar al acompañamiento psicojurídico de las víctimas de violencia sociopolítica a través de la generación de procesos que contribuyan a fomentar su fortalecimiento emocional, político y de la apropiación de los escenarios judiciales donde se encuentran sus casos; también tiene como objetivo dar cuenta de las aportaciones de las iniciativas de memoria en los procesos de acompañamiento psicojurídico a través de un ejercicio de elaboración de historias de vida que se materializan en las galerías fotográficas por la memoria.
Existe una pertinencia disciplinaria de esta experiencia que tiene como objetivo proporcionar una base teórica desde las áreas de la psicología jurídica y social para la realización de iniciativas de memoria con población víctima de ejecuciones extrajudiciales. Para esto se llevó a cabo un proceso de acompañamiento psicojurídico con una madre cuyo hijo fue víctima de una ejecución extrajudicial por parte del ejército. Lo anterior consistió en la recolección de documentos, escritos y fotografías que fueron producidas por ella misma para conjugarlos en un ejercicio que diera cuenta de su historia de vida, sin hacer énfasis en los hechos victimizantes, lo cual fue decisión de la señora Lucero Carmona y de sus acompañantes.
El artículo está estructurado en los siguientes apartados: a) breve contexto de las ejecuciones extrajudiciales en Colombia durante el periodo de la Seguridad Democrática (2002-2010)4 ; b) discusiones y conceptualizaciones en el campo de la memoria y el acompañamiento psicojurídico y; c) finalmente, presentación del ejercicio de elaboración de la iniciativa de memoria construida como producto de la experiencia documentada.
Las ejecuciones extrajudiciales en Colombia durante la Política de Seguridad Democrática
Las ejecuciones extrajudiciales han estado presentes en la sociedad colombiana como patrón de violencia armada y como hecho victimizante con profundas consecuencias psicosociales. Uno de los casos históricos y masivos de gran recordación es el exterminio de la Unión Patriótica, alrededor del cual se han realizado ejercicios de memoria incalculables (Jiménez, 2012). Con la consolidación del paramilitarismo entre finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI, los asesinatos selectivos fueron llevados a cabo por estos grupos con la connivencia de la fuerza pública, evitando así que se estableciera una conexión directa con el Estado que deslegitimara el discurso del gobierno (FOR y CCEEU, 2014). Sin embargo, lo que se entiende por ejecuciones extrajudiciales se limita a aquellas conocidas por la opinión pública y amplios sectores de la sociedad colombiana como “falsos positivos”, a los cuales el entonces Relator Especial de las Naciones Unidas se refiere como “ejecuciones ilegales de civiles manipuladas por las fuerzas de seguridad para que parezcan bajas legítimas de guerrilleros o delincuentes ocurridas en combate” (Naciones Unidas, 2010, p. 8). En este sentido, dicho crimen de lesa humanidad5 se caracteriza por el asesinato de civiles, ajenos a las confrontaciones entre el ejército y los grupos insurgentes, para posteriormente ser presentados ante los altos mandos y la opinión pública como muertos en combate. La denominación positivos se debe al lenguaje utilizado por los miembros de la institución castrense6 para referirse a un éxito operacional, y falsos, debido a que estas bajas no correspondían a personas pertenecientes a grupos armados al margen de la ley (Cárdenas, 2011). Así, uno de los elementos, que distinguen a este tipo de violaciones de derechos humanos (DDHH), corresponde a una manipulación y montaje alrededor del asesinato de civiles con la finalidad de evidenciar resultados en la lucha contra el terrorismo, presentándolos como integrantes de grupos al margen de la ley.
En Colombia se evidenció un aumento en la comisión de este tipo de acciones por parte de las Fuerzas Armadas en el periodo comprendido entre 2002 al 2010, tiempo en el que se implementó por parte del gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez la Política de Seguridad Democrática (PSD). Al respecto, el Observatorio de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU) 7 señala que en relación con el periodo comprendido entre 1994-2001, en el cual se tiene registro de 739 casos, durante el periodo de implementación de la PSD se evidenció un aumento del 422% en la comisión de ejecuciones extrajudiciales y se registran 3.512 casos confirmados, lo que quiere decir que en promedio se llevaron a cabo 390 ejecuciones extrajudiciales por año (CCEEU, 2012). De lo anterior, se puede inferir que, si bien como lo señaló en su momento quien fue Relator Especial para las Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias y Arbitrarias entre 2004-2010, Phillp Alston, no existe evidencia que permita afirmar la existencia de una política de Estado detrás de las ejecuciones extrajudiciales cometidas por las Fuerzas Públicas; su carácter generalizado hace imposible que pasaran desapercibidas a los altos mandos (Naciones Unidas, 2010). De igual forma, todas estas operaciones debían autorizarse mediante las “ordenes de operaciones”, dejando en evidencia un engranaje delictivo (Rojas y Benavides, 2017).
Las constantes presiones por resultados y la puesta en marcha de un sistema de incentivos, que implicaba no solo a integrantes de la Fuerza Pública, sino a la población civil, propiciaron un escenario ideal para que se cometieran graves violaciones a los Derechos Humanos (FIDH, 2012). En primera medida, la PSD se presentó como método de resolución a la situación de violencia mediante el fortalecimiento del brazo armado del Estado, es decir, un aumento de la seguridad de las principales zonas de conflicto mediante la presencia de Fuerza Pública. Esto quiere decir que la presencia militar era sinónimo de seguridad y, por lo tanto, de prosperidad, ya que “el desarrollo económico y las posibilidades de empleo están igualmente sujetos a que reine un clima de seguridad que permita la inversión, el comercio y el gasto de los recursos municipales en beneficio de la comunidad […]” (Presidencia de la República, 2003, p. 22). De esta forma, se dio aumento progresivo del gasto en el sector defensa a lo largo del periodo de implementación y consolidación de la Seguridad Democrática para la consolidación del control estatal (CCEEU, 2012). Este aumento no solo provino de las arcas del Estado, sino que a través del llamado “Plan Colombia”8 Estados Unidos financió la lucha contra el terrorismo, que se globalizó a partir del atentado terrorista del 11 de septiembre (FOR y CCEEU, 2014). La lucha contra el terrorismo financiada por Estados Unidos, ya no con participación militar directa, sino con la financiación del sector defensa (compra de armamento, entrenamiento de unidades militares, pago de recompensas), coincidió con la promesa de lucha contra las insurgencias. Con el objetivo de consolidar la Seguridad Democrática, aunado al financiamiento militar por parte de Estados Unidos, se intensificó la exigencia de resultados concretos dentro de la institución castrense por parte del Ministerio de Defensa y el entonces jefe de Estado, quien en actos públicos pedía a los altos mandos del Ejército que aumentaran la ofensiva contra las insurgencias, así como el número de bajas (CCEEU, 2012; Rojas y Benavides, 2017). Esta presión se extendió a lo largo de la cadena de mando como se ha señalado en los testimonios rendidos por miembros de la Fuerza Pública, llegando a convertirse en una suerte de competencia entre cada una de las divisiones del Ejército por presentar el mayor número de bajas (FIDH, 2012).
Si bien con anterioridad a la Seguridad Democrática ya existían recompensas a los miembros del Ejército por los éxitos operacionales (FIDH, 2012), es durante este periodo que se perfecciona mediante todo un sistema de recompensas que incluye según
los decretos: 128 de 2003, 2767 de 2004, 1400 de 2006, 1058 de 2008, "bonificaciones por colaboración", y de las directivas del Ministerio de Defensa Nacional No. 029 del 2005 y 015 y 016 del 2007, se incrementaron las "ordenes de operaciones" y las "misiones tácticas" que permitieron legalizar las ejecuciones extrajudiciales (Rojas y Benavides, 2017, p. 87).
La Directiva Ministerial Secreta 029 del 20059 reglamentó los criterios para el pago de recompensas por la captura o abatimiento de integrantes de los grupos armados al margen de la ley. En esta se encontraban los cupos y montos disponibles diferenciados por la importancia del rol del capturado o abatido, perteneciente al grupo insurgente o a la organización criminal señalada. Para el caso de los cabecillas o miembros guerrilleros, se disponía de un cupo ilimitiado que incentivó a que se cometieran ejecuciones extrajudiciales de jóvenes para ser presentados como abatidos en combate de forma indiscriminada. Asimismo, contemplaba el pago de recompensas en efectivo para la población civil que ayudara como informante en la realización de las operaciones militares. Estos adquirieron la figura de reclutadores, quienes se encargaban de hacer seguimiento a las posibles víctimas y contactarlas para, finalmente, entregarlas a las unidades del Ejército, quienes los trasladaban a otros municipios en donde eran ejecutados. Esto deja en evidencia que la implementación de un sistema de recompensas con una falta de control adecuado y la constante presión por resultados llevaron a que a través de la mentalidad del body count10 se inflaran los resultados a costa de la vida de civiles.
Además de todo un sistema de recompensas que promovía la comisión de las ejecuciones extrajudiciales, hubo una creciente militarización de la sociedad, como se evidencia en la creación de una Red de Cooperantes y una Red de Informantes11 , lo queimplicó el traslado de la responsabilidad de la seguridad nacional a la población civil a través de su participación como fuentes de información con fines de inteligencia militar y como veedores de la seguridad en cada una de sus comunidades. El desconocimiento del Principio de Distinción trajo consigo que la sociedad colombiana se ubicara en el medio de la confrontación armada sin posibilidad alguna de eximirse de las diferentes acciones tanto por parte de los grupos insurgentes como de las fuerzas del Estado que atentaban contra sus derechos fundamentales (CCEEU, 2012). Así lo reconocía el entonces mandatario en espacios públicos en los cuales señalaba que “a su juicio, todos somos combatientes en Colombia, no existe conflicto interno de carácter político y la población civil tiene no solamente el derecho sino la obligación de apoyar a la Fuerza Pública y de alinearse en torno a ella en calidad de combatiente” (CCEEU, 2012, p. 19).
Estas declaraciones tuvieron un papel relevante para la promoción del discurso del “enemigo de la patria”, mencionado constantemente para referirse a aquellos que no compartían las ideas y prácticas del gobierno. Sus efectos se evidenciaron no solo en el ámbito político, sino en la relación de la Fuerza Pública con las comunidades, que al no colaborar como informantes o cooperantes, eran considerados como simpatizantes de los grupos armados, “fue en este ambiente de presunción de culpabilidad de los sectores subordinados de la población civil que se legitimó́ la práctica de los homicidios ilegales de civiles por parte de miembros de la Fuerza Pública” (CCEEU, 2012, p. 28). Además del entrenamiento en combate, se llevó a cabo un adoctrinamiento y entrenamiento psicológico con el objetivo promover la visión de eliminación de “enemigos de la patria” como un deber de cada uno para con su país (Rojas y Benavides, 2017, p. 82).
Es posible hablar de un modus operandi en las ejecuciones extrajudiciales cometidas entre el 2002-2010 en la medida en que estas obedecieron a patrones similares en todas las partes del país, los cuales han sido bien documentados por los informes de seguimiento realizados tanto por diferentes organizaciones de derechos humanos como por la opinión pública y la academia, por lo que aquí solo se mencionará las generalidades de estos. Grosso modo, es posible dividir los patrones en aquellos en los que la Fuerza Pública tuvo una actuación directa y aquellos en los que se permitió que se cometieran las ejecuciones extrajudiciales en aquiescencia con grupos paramilitares.
Las ejecuciones extrajudiciales, bajo la modalidad de “falsos positivos”, se caracterizó por la identificación, selección y reclutamiento de personas en condiciones de exclusión social y económica ⎼jóvenes, desempleados, habitantes de calle, recicladores, campesinos, entre otros⎼ por parte de miembros de la fuerza pública o de reclutadores, para ser entregados con posterioridad a las diferentes brigadas de las regiones. Estos se encargaban de trasladarlos a lugares apartados o municipios alejados en donde eran ejecutados. Luego se alteraba la escena modificando la ubicación de los cuerpos, agregando material de combate usado comúnmente por grupos insurgentes y organizaciones criminales y enterrando los cuerpos en fosas comunes (Human Rights Watch, 2015).
La ejecución de civiles no siempre fue realizada por la Fuerza Pública, sobre todo después de darse a conocer los hechos de los jóvenes de Soacha (CCEEU, 2016). Los grupos paramilitares de algunas zonas del país también contribuyeron a esta práctica a través del reclutamiento y retención de civiles o desmovilizados de diferentes grupos insurgentes para su posterior asesinato y “legalización” por parte de la Fuerza Pública. También, mediante modalidades como la llamada “limpieza social” o el engaño a delincuentes comunes los grupos paramilitares contribuían al aumento de las cifras de bajas en combate (Rojas y Benavides, 2017).
De acuerdo con el informe de la Fundación para la Educación y el Desarrollo [FEDES] (2010) se evidencia que los factores de impunidad en estos casos se encuentran de forma transversal a su modus operandi, es decir, se encuentran acciones que buscaron obstaculizar u ocultar los hechos ocurridos desde la desaparición forzada o reclutamiento de las víctimas hasta los estrados judiciales en los cuales se busca dar justicia a las víctimas. A esto se suma la revictimización constante a las familias de los afectados durante el gobierno de Álvaro Uribe, considerando que las denuncias provenían de “enemigos de la patria” que querían deslegitimar la Seguridad Democrática, llegando incluso a amenazar con abrir procesos judiciales a quienes denunciaban estas violaciones de Derechos Humanos; al respecto, Rojas y Benavides (2017) señalan que el “manejo dado por el Estado a los asesinatos de no combatientes se ha limitado, de una parte, a desconocer la gravedad del fenómeno y opacarlo; y de otra, a presentar a las víctimas como delincuentes o terroristas, factor que además de impedir una justicia reparadora ha direccionado y condicionado el debate público y académico" (p. 53).
Los factores de impunidad son transversales al proceso de comisión y judicialización, fundamentados en el ocultamiento y la obstaculización. El ocultamiento se llevó a cabo a través del despojo de la documentación de las víctimas una vez eran ejecutadas, la manipulación de la escena (gracias a las facultades de la Policía Judicial que le fueron otorgadas a la institución castrense) y el traslado de los cuerpos a lugares rurales poco accesibles (FEDES, 2010). Así, se centraban en la manipulación de la escena y evidencia aprovechando las facultades extraordinarias de la Policía Judicial otorgadas por el gobierno. En cuanto a la obstaculización, las acciones por parte de la Justicia Penal Militar se orientaron hacia la obstrucción de la justicia, teniendo implicaciones a diferentes niveles. Por una parte, se obstruyó el traslado de los casos a la Justicia Penal Ordinaria, lo que tiene serias implicaciones en que los hechos se juzguen de forma imparcial e independiente
a pesar de los reiterados pronunciamientos de la Corte Constitucional de Colombia y la Corte Interamericana de Derechos Humanos que indican que todas las presuntas violaciones de derechos humanos deberían investigarse y ser impulsadas por las autoridades de la justicia penal ordinaria. (Human Rights Watch, 2015, p. 86)
La obstaculización judicial también se reflejó en el impedimento de acceso a material probatorio como las “ordenes de operaciones” y demás que contribuyan al esclarecimiento de responsabilidades y acceso a la justicia. Además de esto, se contaba con la participación de peritos y profesionales forenses en cuyos informes no solo se daba cuenta de la causa de muerte sino de las circunstancias de esta, algo que escapaba a sus competencias.
Conceptos, concepciones y derroteros de las memorias
“Uno se muere cuando lo olvidan”
Manuel Mejía Vallejo
Son varios los estudios que han tratado la relación entre memoria y olvido (Todorov, 2000; Jelin, 2012), construyendo un complejo campo teórico queya no considerada solo lo cognitivo, sino lass implicaciones en la construcción de sociedad y lo colectivo. De ellas se nutren propuestas metodológicas para el planteamiento de ejercicios de memoria. En palabras de Jelin (2012), “ya no se trata de mirar a la memoria y el olvido desde una perspectiva puramente cognitiva […] sino de ver los “cómo” y los “cuándo”, y relacionarlos con factores emocionales y afectivos” (p. 53). Es en este entendido en el que la relación entre la memoria y el olvido toma una conceptualización distinta. Ya no es una relación de supresión, es decir, considerar el olvido como la ausencia de la memoria (producto de una patología u otras causas), ni viceversa. La relación que se configura es una en la que “la memoria es, en todo momento y necesariamente, una interacción de ambos” (Todorov, 2000, p. 13). Es en esta interacción recuerdo-olvido que Todorov (2000) incluye la agencia de quien recuerda, de quien emprende el ejercicio de la memoria, a través de la selección de aquello que quiere recordar y aquello que progresivamente deja en el olvido.
Ahora bien, el olvido no siempre se hace presente como parte de un proceso selectivo de aquello que queremos recordar. En ocasiones, se debe simplemente a la incapacidad de traer a la memoria todo aquello que acontece en nuestra experiencia, es decir, el recuerdo deviene con una “cuota importante de olvido” (Belvedresi, 2006, p. 200). La memoria se conforma, así, de recuerdos maleables en el proceso de su recuperación, construyendo una idea acerca de aquello que se vivió, pero sin transmitir por completo la experiencia (Celis, 2019; Blair, 2011). Bajo este planteamiento se configura el derecho al olvido y el deber de la memoria que asisten a la sociedad y al individuo como marco de referencia para el ejercicio de la memoria. En efecto, si el individuo puede seleccionar aquello que quiere recordar, también posee el derecho a olvidar aquellas situaciones que al recordarlas constantemente le producen malestar, puesto que “sería de una ilimitada crueldad recordar continuamente a alguien los sucesos más dolorosos de su vida” (Todorov, 2000). Sin embargo, esto contrasta con el deber de la memoria, que se hace visible cuando aquello que es susceptible de ser recordado se encuentra vinculado con eventos traumáticos que conllevan a profundas afectaciones en el tejido social, producto de situaciones de represión, guerra o situaciones en las que se violan los derechos individuales y colectivos fundamentales (Todorov, 2000; Jelin, 2012). Es en este escenario de tensión entre aquello a lo que se tiene derecho y el deber ser, que se plantea el interrogante acerca del buen uso de la memoria, es decir, acerca de su dimensión pragmática.
Siguiendo los planteamientos de Paul Ricoeur citado en Belvedresi (2006), el ejercicio de la memoria no se reduce a traer al presente imágenes del pasado; su objeto no termina allí. Por el contrario, se debe preguntar: ¿qué hacer con aquello que se recuerda? Respuesta que invita a considerar la dimensión pragmática de la memoria. Para Todorov (2000), el uso de la memoria por la memoria evidencia el desconocimiento de las implicaciones de los recuerdos en la vida de las personas y la sociedad poniendo en tela de juicio el sentido ético con que se busca reestablecer el pasado. La memoria sin un fin se vuelve vacía, carente de sentido, conllevando a que el pasado determine el presente con el peligro de perpetuar los ciclos de violencia y de eventos traumáticos a través del odio y la venganza. De manera que se hace fundamental para emprender el ejercicio de la memoria, responder a la pregunta por su uso, considerando los beneficios y perjuicios que puede traer, “incorporándola al quehacer que genera y transforma el mundo social” (Jelin, 2012, p. 48). Como resultado de esta reflexión se pueden vislumbrar las dimensiones constituyente, transformadora, movilizadora y garante de la memoria para con la sociedad.
La memoria constituye la realidad social en la medida en que el presente se encuentra cimentado en las experiencias individuales y colectivas que permanecen de forma latente en la vida cotidiana. Esta dimensión se vislumbra mediante los ejercicios de memoria que dejan entrever la influencia de los acontecimientos y experiencias vividas en la forma en que percibimos la realidad y entendemos nuestra relación con el otro. Al respecto, la psicología social de la memoria centra su estudio en la forma en que la memoria constituye la realidad social a través de la construcción de las subjetividades que se dan en los procesos de rememoración (Piper-Shafir et al., 2013). Sin embargo, la dimensión constitutiva no se limita a determinar el presente desde el pasado. El buen uso de la memoria implica que se asuma desde una postura transformadora de los sucesos acontecidos con el objetivo de reconstruir el tejido social y contribuir a la creación y fortalecimiento de posibilidades de reparación (Cancimance, 2013).
Así, el pasado no se encuentra agotado en cuanto a su posibilidad de sentido; es parte de un proceso de construcción que dota a la realidad de un nuevo imaginario, permeando los significados atribuidos por los individuos y la sociedad (Manero y Soto, 2005; Martínez, 2013), construyendo nuevas identidades y tejiendo redes de pertenencia fundamentadas en un relato heterogéneo en el que se manifiestan diferentes aproximaciones a los hechos (Yepes, 2019). La resignificación del pasado no solo dota a la sociedad de una nueva identidad, sino que también le proporciona una guía para asumir su realidad de forma crítica, en la que se asume el compromiso de evitar la reiteración de hechos que atentaron contra los derechos y la dignidad de los individuos (Belvedresi, 2006). Con lo anterior, el objeto de la memoria subyace en una resignificación constante del pasado que contribuye a la construcción de una nueva forma de comprender la realidad y apropiarnos de esta, no como un determinante, sino como una posibilidad de acción para el futuro constituida desde diversos puntos de vista.
Memoria colectiva y memoria histórica: tensiones y posturas para la construcción de iniciativas de memoria con víctimas
“La indiferencia es el peso muerto de la historia”
Antonio Gramsci
En Colombia son diversos e inconmensurables los esfuerzos que se han librado desde la sociedad civil y las organizaciones de víctimas de crímenes de Estado, de las insurgencias o del paramilitarismo para reconstruir el pasado a partir de la memoria histórica y la memoria colectiva antes y después del contexto del posacuerdo. Entre las diferentes expresiones y proyectos de memoria autónomos e históricos a lo largo y ancho del territorio nacional, se podría decir que desde el Estado la construcción de memoria histórica con las víctimas queda oficialmente estipulado a partir de la Ley 1448 del 2011 (conocida como ley de víctimas), donde se destaca la creación del Centro Nacional de Memoria Histórica (en adelante CNMH), cuya labor es la recopilación de testimonios y documentos para la elaboración de informes que den cuenta del conflicto armado interno y la asunción de la memoria como un deber del Estado. A partir de esto, se deben garantizar los mínimos necesarios para que desde diferentes posiciones se lleven a cabo ejercicios de memoria como parte de la realización del derecho a la memoria, la verdad y reparación simbólica de las víctimas y la sociedad colombiana12 .
Es pertinente aclarar que, si bien en ningún momento se señala que los testimonios contenidos en los informes oficiales sean la “única verdad”, su carácter institucional que sitúa los relatos allí contenidos sobre las vivencias subjetivas de los hechos los legitiman como una verdad histórica (Castaño y Jurado, 2019). Tal y como lo señala Belvedresi (2006) “se trata de una <<memoria impuesta>> equipada por una <<historia autorizada>>, la historia oficial, la historia aprendida y celebrada públicamente” (p. 208). Por ello, se considera indispensable establecer claridades acerca de los conceptos de memoria histórica y memoria colectiva con el objetivo de expresar una distinción entre estas, y que conlleve a enmarcar las iniciativas de memoria como parte de una concepción plural y diversa de discursos en diálogo con la verdad de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales.
Las principales características de la memoria histórica son su carácter hegemónico y su concepción cristalizada del discurso. En primer lugar, como discurso hegemónico “proviene del Estado y tiene la finalidad de persuadir o invisibilizar otras visiones sobre lo ocurrido en contextos de violencia” (Zuluaga, 2015; citado en Yepes, 2019, p. 5), con lo que se superpone un relato sobre la multiplicidad de concepciones presentadas por diferentes actores del conflicto armado. El carácter hegemónico de la memoria histórica lleva a que esta sea implementada para el mantenimiento del orden social presente, a lo que Ricoeur (1999), citado en Belvedresi (2006, p. 208), llama la “instrumentalización del recuerdo” como un mecanismo efectivo de control social. Esto representa un peligro para la comprensión profunda del conflicto armado, su incidencia en la sociedad colombiana y, además, atenta de forma directa contra el acceso a la verdad, cristalizando la memoria en función de los objetivos del Estado o de particulares (Castaño y Jurado, 2019; Yepes, 2019).
En oposición a la memoria histórica se ha propuesto por varios autores (Halbwachs, 1968, citado en Manero y Soto, 2005; Jelin, 2012; Blair, 2011; Celis, 2019) el concepto de memoria colectiva. La característica principal de la memoria colectiva subyace en su dinamismo y pluralidad. En adición, toma en consideración la imposibilidad de unificar las memorias en un único relato en tanto estas dan cuenta de un complejo entramado de relaciones y tradiciones de cada uno de los grupos que influyen en la forma como se perciben a sí mismos y al otro (Jelin, 2012). Por consiguiente, se hace necesaria la participación de todas las personas y comunidades, en condiciones de igualdad que permitan la construcción de la memoria desde diferentes puntos de vista, algunos de los cuales han sido silenciados sistemáticamente como producto de la violencia a la que fueron sometidos. Por lo tanto, toma especial relevancia para el caso de violaciones de derechos humanos como las ejecuciones extrajudiciales, en las cuales los procesos de denuncias emprendidos por los familiares de las víctimas fueron silenciados con amenazas de represalias judiciales.
Celis (2019) hace hincapié en la necesidad de que se construya la memoria del conflicto armado a través de un diálogo de los diferentes actores en condiciones de igualdad. De allí, que la memoria colectiva incida en la sociedad en la medida en que se introduce en la esfera pública13 como labor de denuncia, de desprivatización del dolor, del sufrimiento o como forma de reivindicación, pues: "tal representación no solo cumple con una función simbólica, sino que, al inscribirse en el espacio público y físico del poder, se hace también acontecimiento, experiencia colectiva, inscripción política de la memoria" (Martínez, 2013, p. 48).
La finalidad última de la memoria colectiva, entonces, es el establecimiento de una política de la memoria en la que, a través de diferentes manifestaciones simbólicas en la esfera pública, como obras de teatro, discursos, galerías fotográficas, conmemoraciones, entre otros, se dé cuenta de las voces de los diferentes sectores de la sociedad, extendiendo así el deber de participar en la construcción de paz a todos los actores sociales (Yepes, 2019). Es de destacar la investigación realizada por Blair (2011), quien realiza un reconocimiento a diferentes formas o iniciativas de memoria emergidas desde lo local por diferentes colectivos de víctimas, en los que tramitan el dolor, realizan labores de denuncia y plantean escenarios de difusión y negociación de estas memorias con la sociedad en general, lo que contribuye a que los espacios adquieran el poder de legitimar otras formas de memoria que han sido excluidas del discurso institucional.
Las galerías fotográficas como dispositivo de la memoria
“La historia es tan dolorosa que hay que contarla en verso… como anestesia porque sino aniquila al que sea”
Fabiola Lalinde
Las palabras de doña Fabiola Lalinde, reconocida defensora de derechos humanos que emprendió una lucha de más de 30 años por las víctimas de desaparición forzada en Colombia a raíz de la desaparición de su hijo Luis Fernando Lalinde y cuyo trabajo de memoria muestra la persistencia y lucha contra la impunidad, siguen siendo una fuente de inspiración para muchas organizaciones de víctimas y de derechos humanos ya que existe un reconocimiento a de su trabajo por la Unesco dentro del Registro Regional del Programa Memoria del Mundo, invita a considerar el valor emocional, político y el manejo intergeneracional del dolor en el trabajo de la memoria, lo cual claramente trasciende de una mera labor académica. Es por ello por lo que los ejercicios de memoria no se limitan a la documentación de los testimonios y la elaboración de informes. En la operación Siriri de doña Fabiola, como estrategia de documentación e iniciativa de memoria desarrollada por más de tres décadas, se da cuenta de ese valor intrínseco por el trabajo de una memoria viva, evidenciando que la memoria se compone de una dimensión discursiva (lingüística) y una dimensión performativa, que se articulan para impactar en mayor medida a quienes presencian las diferentes manifestaciones del recuerdo. Las iniciativas de memoria “entrelazan palabras, silencios, imágenes, artefactos, cuerpos y lugares, entre otros, y es precisamente la relación entre ellos la que contribuye a construirlos" (Piper-Shafir et al., 2013, p. 23).
En un país tan diverso como Colombia, especialmente en términos culturales y sociales, son diversas las formas en que se han realizado ejercicios de memoria, implementando diferentes acciones performativas como el teatro, la fotografía, la música, la poesía, entre otras. Estas acciones construyen las poéticas de las memorias, en las que las artes se convierten en un archivo para los testimonios de las comunidades (Martínez, 2013). Algunas de estas iniciativas han sido recopiladas por el Grupo de Memoria Histórica (2009) mucho antes de la ley de víctimas en su texto Memorias en tiempos de guerra. Repertorio de iniciativas. Este apartado se centra en aquellas que conjugan elementos de la fotografía, reconociendo su importancia para la sensibilización y reconstrucción de memoria (Jiménez, 2012), y elementos testimoniales que dan sentido a las imágenes y permiten acercarse a la historia de vida de las víctimas.
Las galerías de la memoria se erigen como una herramienta en la lucha contra la impunidad, la reivindicación de las víctimas y la construcción de verdad alrededor de hechos graves de violaciones a los derechos humanos (Cancimance, 2013; Jiménez, 2012). La galería incide de forma política al exponerse en la esfera pública, buscando visibilizar aquellos acontecimientos que se han acallado, producto de diferentes acciones institucionales. Es especialmente relevante para el caso de crímenes de Estado, en donde la labor de denuncia es silenciada para conservar el orden actual. Mediante la inclusión de fotografías se pone rostro a las cifras, se les da una identidad con la cual se genera una identificación en la sociedad, se evidencia lo perdido. Siguiendo a Rubiano (2017) "los rostros no sólo son el indicio de una injusticia sino la evidencia de una vida: la identidad se restituye mediante la narración de una biografía, una vida vivida, con relaciones y afectos" (p. 323).
Sin embargo, la reivindicación no termina con la identificación de quien allí se encuentra, sino que un elemento central es la dignificación y el restablecimiento del buen nombre de padres, hijos y demás familiares que fueron víctimas de crímenes de Estado u otras manifestaciones de violencia, y que por años fueron estigmatizados por la sociedad como parte de grupos armados o como “enemigos de la patria”. Con esto, se construye una verdad que busca implantarse en la memoria colectiva a partir del encuentro entre las víctimas y las personas interesadas en conocer su realidad, encuentros en los que:
se recupera la sensibilidad y la capacidad de respuesta frente a la injusticia, se realizan actos de elaboración de duelo colectivo, se lucha contra el olvido y la impunidad, se reconstruye la memoria y la verdad histórica y se repara parte del tejido social roto. (Jiménez, 2012, p. 65)
Algunos ejemplos de galerías por la memoria son las realizadas por la Fundación Manuel Cepeda Vargas y el Salón del Nunca Más de Granada, Antioquia. Las dos constituyen espacios para la reflexión, la denuncia contra la impunidad y la construcción de memoria colectiva.
Otro de los antecedentes investigativos que centra su mirada en varias de las galerías de la memoria es el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado-MOVICE, que se señala en la tesis de maestría de David Eduardo González Caballero titulada “Memoria colectiva, emociones y cultura política: análisis de los actos públicos presentados por el movimiento nacional de víctimas de crímenes de estado – MOVICE, capítulo Bogotá”, la cual se centró en el análisis sobre cómo las galerías de la memoria impactan en la cultura política y en las sensibilidades de quienes las observan para transformar la indiferencia y el olvido social, pues en palabras del autor:
las galerías de la memoria van más allá de la preservación del recuerdo de las víctimas, pues también constituyen un esfuerzo por transmitir una versión bastante específica de ciertos aspectos de lo social, que representa un desafío simbólico para la cultura política dominante. (González, 2015, p. 25)
En últimas, esta solo constituye una de las formas en las que las víctimas han realizado ejercicios de memoria, como reflejo del contexto social en el que surgen. Tal y como señala Sánchez (2006),
con todo, no hay fórmulas universales. Cada país, de acuerdo con su experiencia histórica, con la naturaleza de la guerra, la forma de la victoria o la derrota, y el carácter de los acuerdos de paz, elabora mecanismos y funciones diferenciadas para el necesario ejercicio de memoria y de consolidación democrática. (p. 39)
La apropiación de diferentes elementos culturales permite resignificar los hechos con miras a construir una sociedad en paz y que lo allí expresado sea garante para que los hechos no se repitan. Es un esfuerzo inconmensurable por la reconstrucción del tejido social a manos de aquellos que vivieron la violencia en carne propia.
Acompañamiento psicojurídico y litigio estratégico
En los procesos de acompañamiento psicojurídico que se desarrollan en la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), se parte del hecho de que todo proceso con víctimas en escenarios judiciales debe conducir al fortalecimiento de las personas, familias y comunidades como sujetos políticos y de derechos en sus experiencias de participación en el marco de la defensa integral de los derechos humanos. Por tanto, la forma en que se conciben estos escenarios de acompañamiento psicojurídico buscan que:
En una situación ideal, el litigio podría ayudar a la víctima enfrentar la impotencia, canalizar la rabia o hacer algo positivo, con sentido, por su familiar, como parte de su proceso de duelo. También podría contribuir a dar un sentido más amplio de prevención en la lucha por la justicia, o rescatar una memoria positiva de las víctimas. Para ello, hay que considerar que las decisiones sobre los pasos a dar no son solo jurídicas, sino que tienen también implicaciones importantes en el proceso personal. Por ejemplo, realizar un peritaje psicológico supone una fuerte movilización emocional; presentarse a una audiencia supone enfrentar la ambivalencia entre el sentido de hacerlo y el temor a las consecuencias. (Beristain, 2008, p. 110)
Por ello, el acompañamiento psicojurídico parte de la consideración de que la exigencia de los derechos y la restitución de estos se realiza a través de la relación de las víctimas con el escenario judicial, lo que puede generar un desgaste emocional o del fortalecimiento de sus capacidades desde sus experiencias de participación, pues el acompañamiento psicojurídico se enfoca en el “empoderamiento de las víctimas en su proceso de exigibilidad” (Corporación AVRE, 2009, p. 15), articulando procesos de asesoría legal con un acompañamiento emocional (Mercado y Velten, s.f.). El fortalecimiento de las víctimas se da en un contexto de falta de garantías por parte del Estado, pues hay desconocimiento acerca de los procesos a seguir y los derechos que como víctimas les asisten. Con esto, se puede considerar que el acompañamiento psicojurídico propende por el desarrollo y potencialización de estrategias que permita a las víctimas exigir sus derechos y luchas contra la im punidad en escenarios judiciales, promoviendo en estas una actitud política que los lleve a convertirse en sujetos activos, en contraposición a objetos del proceso judicial (Corporación AVRE, 2009).
Así, se plantea superar una visión asistencialista que se orienta a intervenciones puntuales y conlleva a la revictimización de las personas (Celis, 2019). Bajo esa conceptualización recaen otros supuestos como el enfoque diferencial, entendiendo que los daños, afectaciones o impactos psicosociales generados por las condiciones de victimización no afectan de forma homogénea a todas las personas. Cabe resaltar, que el proceso de acompañamiento se orienta desde una visión horizontal, en la que se co-construyen a través del diálogo y la negociación las dinámicas de acompañamiento. Esto plantea una reconsideración de las víctimas, quienes pasan de tener un rol pasivo, a ser sujetos políticos, que sufrieron daños a raíz de graves violaciones de DDHH.
En cuanto a la participación de las víctimas en escenarios judiciales, el acompañamiento psicojurídico reconoce las narrativas de las víctimas buscando que se eleve la veracidad de estas experiencias vividas, sus capacidades de afrontamiento en medio del impacto emocional ocasionado por las violaciones a los DDHH y por las implicaciones sociales que conlleva el estar inmerso en un proceso jurídico, pues en varios casos estas historias de vida han sido negadas o silenciadas por el Estado y los responsables de los hechos victimizantes. En lo que respecta al propósito de las víctimas en su búsqueda de la verdad, la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición, se debe fortalecer la capacidad de exigir sus derechos y su condición activa como sujetos sociales.
Por su parte, el Litigio Estratégico (LE) para el caso de los DDHH constituye un esfuerzo interdisciplinario o a veces multidisciplinario o transdisciplinario que se extiende más allá de los tribunales. El objetivo principal del mismo es la defensa integral de causas de los DDHH más que el simple litigio de casos. Es decir que, a través del LE, se busca incidir en la sociedad, en el Estado y en las políticas públicas, generando el fortalecimiento de las comunidades (Red de Defensores de DDHH de Colombia y Corporación Sembrar, 2012). El LE, así, está conformado por tres componentes: jurídico, político y social. El primero se refiere a las destrezas en el ámbito judicial al momento de representar un caso por violación de Derechos Humanos. El componente político se refiere a la forma en que el litigio incide en políticas públicas. Por último, el componente social se relaciona con el fortalecimiento de la sociedad (Red de Defensores de DDHH de Colombia y Corporación Sembrar, 2012). Con esto, las acciones del LE buscan que a partir de un caso se puedan extraer herramientas que permitan incidir en diferentes aspectos de la sociedad, de tal forma que a partir de cada caso se contribuya a un proceso de transformación.
Aspectos metodológicos y resultados del proceso de acompañamiento psicojurídico
Como parte de la labor de acompañamiento psicojurídico desarrollada por el Componente Psicosocial de la Subdirección de Litigio y Protección Jurídica de la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), se plantea la elaboración de iniciativas de memoria como parte de la construcción de mecanismos de afrontamiento, movilización social, de litigio estratégico y en el apoyo o contención emocional ante escenarios de impunidad en las audiencias judiciales con una madre víctima de ejecuciones extrajudiciales, específicamente el caso del asesinato por parte de la fuerza pública de Omar Leonardo.
Desde el inicio fue importante problematizar que también existen algunas situaciones en las que hacer memoria histórica y colectiva puede ser incluso en detrimento de los procesos de reconstrucción social de una comunidad o familia por el profundo dolor causado en contextos de exacerbación de la violencia sociopolítica que vivieron las personas y también sus necesidades de olvidar.
David Rieff15 en sus libros Elogio al olvido: las paradojas de la memoria histórica (2017) y Contra la memoria (2012) plantea una tesis en contra de lo que él denomina dictadura de la memoria histórica y política16 en ciertos procesos sociales en los que los ejercicios de la memoria implican, en algunas ocasiones, decisiones autónomas de grupos sociales para no abrir heridas insuperables como sucedió en conflictos como Kosovo, Bosnia, Palestino-Israelí, Ruanda, Holocausto Nazi, entre otros. Si bien y en algunos casos las víctimas prefieren olvidar como forma de supervivencia ante hechos atroces y de graves violaciones de derechos humanos, este autor va más allá cuando en los conflictos armados no hay una resolución violenta o pacífica de la guerra en su totalidad entre los grupos armados enfrentados. Un efecto nocivo de estos ejercicios puede ser exaltar pasiones bélicas en procesos de genocidio político o con hechos victimizantes agravadoscomo la violencia sexual, la desaparición forzada acompañada de procesos de desmembramiento, entre otros.
Si bien no se comparte del todo la posición del autor, fue importante considerar sus planteamientos para determinar el tipo de acompañamiento psicojurídico brindado a la madre de un joven víctima de ejecuciones extrajudiciales, con quien se elaboró una galería como iniciativa de memoria; desde el inicio se contó con su aval para la elaboración de la galería y se generaron procesos psicosociales que mitigaran un nuevo malestar emocional. Esto consiste en salvaguardar los principios ineludibles del consentimiento de las víctimas y del enfoque de acción sin daño por el hecho de que toda iniciativa de memoria en el marco de un acompañamiento psicojurídico debe tener el cuidado de no generar procesos revictimizantes desde este enfoque, sobre todo en casos donde han existido graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, o en situaciones donde no se consulta ni participa la familia. Es un principio irrenunciable para la realización de estas iniciativas.
Se elaboró una propuesta basada en dos supuestos metodológicos en la construcción de iniciativas de memoria: a) la heterogeneidad de todo ejercicio de memoria y b) los pasos orientadores para la construcción de iniciativas de memorias propuestos por Acevedo (2012) como una alternativa en la cual el ejercicio de la memoria se construye en la interacción y atendiendo a las necesidades de las víctimas. En el primer supuesto, la construcción de memoria no obedece a una metodología o protocolo rígido, sino que tiene presente el contexto en el que se encuentra inmersa la persona, las potencialidades, recursos de afrontamiento y necesidades que manifiesta. Cada ejercicio de memoria se hace único, con una connotación simbólica particular para quien lo realiza. Estas experiencias y mecanismos de afrontamiento como criterio orientador en la construcción de iniciativas de memoria son comprendidos por el Componente Psicosocial de la CCJ de la siguiente manera:
los recursos de afrontamiento tienen una relación con las circunstancias sociales, políticas y judiciales, y con el proceso de elaboración del duelo, el cual se afectará y exigirá precisamente dichos recursos o herramientas psicosociales para afrontar el marco de la afectación (…) reconocer todas aquellas acciones y formas de afrontamiento que las víctimas han construido para sobrevivir y ayudar a otras, lo que en últimas se convierte en el aprendizaje que le comparten a la sociedad (…) Craso error, cada experiencia y cada forma de afrontamiento, así contenga elementos comunes, constituye una experiencia íntima, única y particular que no tiene por qué ser sometida a categorías definidas de antemano para establecer formas de atención ya concebidas. (CCJ, 2013, pp. 482, 496 y 502)
De acuerdo con esto, se hace imprescindible emplear una metodología flexible que permita acercarse a la persona en su dimensión política, psicológica, social y cultural. Siguiendo lo planteado por Acevedo (2012), no se debe hablar de protocolos, sino de una serie de fases o pasos orientadores que faciliten el diálogo, así:
Durante un periodo de 8 meses se hicieron visitas semanales, en ocasiones dos veces por semana, en donde se abordaban los pasos anteriormente descritos a medida que se trataban diferentes aspectos concernientes a la salud integral, procesos judiciales y demás situaciones relacionadas, tanto al caso como al bienestar de la señora Lucero como sobreviviente.
No se realizaron registros de audio ni diarios de campo estructurados debido a la situación de confidencialidad del caso y a la sensibilidad de los temas que se podrían tratar en las reuniones, lo que podría generar incomodidad en la persona, por lo que la fuente principal de recolección de información con respecto al proceso fue la observación participante desde una lógica de la reflexión de segundo orden (Molano, 2009).
Se implementó la toma de notas y triangulación entre investigadores acompañantes, la cual permitió mayor flexibilidad en las estrategias implementadas (Jiménez, 2009), en sesiones que tuvieron lugar en las instalaciones de la Comisión Colombiana de Juristas. Esto, de acuerdo con lo propuesto por Molano (2009) acerca de las reflexiones metodológicas de la investigación social de segundo orden, en las cuales “el investigador, en este caso el <<emprendedor de la memoria>> no realiza observaciones objetivas, sino mediadas por el lugar social que se ha construido y por las posibilidades de reflexividad de que dispone” (p. 32). De tal forma que la observación no se limita únicamente al proceso de elaboración de las iniciativas, sino que va más allá, tomando en consideración la forma en que los relatos y el proceso en sí mismo es vivenciado por el investigador.
Conclusiones
Como resultado del proceso de acompañamiento y la elaboración de iniciativas de memoria se construyó la Galería de Omar y Lucero contra el olvido y la impunidad 19la cual consta de 10 fotografías familiares acompañadas de diferentes textos y poemas elaborados por Lucero.
La galería se encuentra divida en dos partes: la primera parte, consta de cinco imágenes dedicadas a Omar, con el objetivo de reivindicar su dignidad y reestablecer su derecho al buen nombre y la honra. Allí, se encuentran contenidas imágenes de su infancia, su adolescencia y cartas que en vida escribió Omar a la señora Lucero. Es importante aclarar que en ningún momento se hace mención del evento victimizante, ya que el objetivo de esta iniciativa no era enfocarse en el discurso expuesto a través del dolor y sufrimiento que en años anteriores era el centro del mensaje en otras iniciativas de memoria de la señora Lucero. Lo anterior no significa que en otras iniciativas no se deban mencionar los hechos victimizantes, pues en muchas ocasiones precisamente es un elemento de denuncia y de verdad ineludible para las víctimas, además que persiste como recordación frente al olvido social. Parte de la decisión que tomó autónomamente la señora Lucero, reconoce la existencia de otras historias de vida alternativas a la dominante 20.
Foto 1. Encuentro con otras víctimas y comunidades en el marco del Diplomado “Memorias comunitarias, narrativas y propuestas de paz”. Circulo de palabra en la Casa de la Cultura Confiar -Medellín y la Universidad Popular de los Pueblos- UPP. Fuente: Cadavid, L y Restrepo, A.
La segunda parte de la galería contiene la historia de lucha y de resistencia de Lucero. En ella, se encuentran fotografías referentes a las diferentes manifestaciones artísticas, como teatro y canto, con las cuales ha llevado la memoria de su hijo a diferentes partes del mundo. El objetivo del apartado, entonces, es resaltar la historia de resistencia de esta madre víctima de crímenes de Estado. En consonancia con el enfoque de acción sin daño, y por la decisión tomada por la señora Lucero, se buscó evitar la revictimización constante a raíz del recuerdo reiterado de los hechos victimizantes. Como parte del ejercicio de divulgación, esta galería por la memoria fue expuesta en escenarios judiciales, en donde generó un impacto positivo no solo en Lucero, al afirmar que “sentía que mi hijo estaba allí conmigo, viendo todo lo que ocurría” sino constituyo un ejercicio político de memoria.
Del mismo modo y en los días en que se programaban las audiencias judiciales, se realizaron otras exposiciones en diferentes partes de la ciudad con víctimas y comunidades cuyo objetivo era generar una estrategia de movilización y de intercambio mutuo de experiencias de iniciativas de memoria.
Foto 2. Exposición frente a los juzgados en Medellín con el apoyo de la Universidad Popular de los Pueblos- UPP. Fuente: Cadavid, L y Restrepo, A.
En los hallazgos del trabajo sobre las galerías de la memoria con víctimas de ejecuciones extrajudiciales (González, 2015), el autor es enfático en mencionar que las exposiciones transforman imaginarios anquilosados como el cinismo y la indiferencia de la sociedad ante los crímenes de Estado, pues:
Las galerías de la memoria, que presentan un discurso alternativo, constituyen una irrupción, un acontecimiento que disloca las asociaciones previamente existentes en el discurso dominante, mediante la introducción de símbolos como los falsos positivos que separan términos como “Fuerzas Militares” = “héroes que arriesgan sus vidas por nuestro bienestar”, por otras connotaciones como = “defensores del statu quo que reprimen la expresión de opiniones críticas”, o = “oportunistas en busca de ganancias que presentan a civiles asesinados como guerrilleros abatidos en combate”, por ejemplo (…) las galerías de la memoria ostentan un lugar fundamental, pues han sido pensadas como “dispositivo cultural”, “herramienta de participación política”, o “propuesta pedagógica y cultural”, que permite a las víctimas contribuir a la construcción de la verdad histórica, afirmarse como sujetos de resistencia civil, propiciar el debate nacional, dignificar la memoria de las víctimas en el espacio público. (González, 2015, p. 25)
Esto se visibiliza en las exposiciones de la Galería de Omar y Lucero contra el olvido y la impunidad realizadas en diversos escenarios comunitarios y judiciales pues tuvieron un impacto significativo en los observadores, generaron una alta movilidad emocional y cambios en las percepciones políticas frente al Estado; todo motivado por las historias alternativas de las exposiciones de la memoria de la señora Lucero y de su hijo.
Ahora bien, las iniciativas de memoria como herramientas en el acompañamiento psicojurídico contribuyen al fomento del fortalecimiento de las víctimas mediante el uso de técnicas participativas que les permiten ser agentes de su historia y fortalecer los ejercicios de rememoración que desarrollan de forma individual. En la construcción de estas iniciativas se fortalecen conceptos y conocimientos con respecto a los procesos judiciales a través del trabajo articulado de un equipo interdisciplinar que favorece la exigibilidad de derechos ante la falta de garantías por parte del Estado. De igual forma, estas contribuyen a asumir un rol activo en los espacios en que se desarrollan las audiencias judiciales, en donde en muchos casos a las víctimas se les limita a estar en la parte posterior sin poder intervenir de ninguna forma debido a los procedimientos rígidos establecidos en la Justicia Penal Ordinaria. Con la participación en los espacios judiciales y haciendo un proceso de sensibilización previa con los jueces y fiscales, las víctimas reafirman su presencia como garantes de justicia y sientan su voz en contra de la impunidad.
Como procesos de elaboración de memoria, las iniciativas construyen una narrativa alternativa de la violencia por parte del Estado, que evidencia esa otra cara en la que se encuentra la lucha y resistencia contra la impunidad, a su vez que se convierte en un medio para tramitar el duelo. Mediante el uso de la imagen y los relatos contribuyen a sensibilizar a la sociedad sobre lo ocurrido, que en esta ocasión no se centró exclusivamente en el dolor y el sufrimiento, visibilizando otras narrativas existentes en estos hechos para que la sociedad en su conjunto se convierta en garante de justicia y no repetición de estos hechos. Por consiguiente, las iniciativas de memoria no constituyen en sí una finalidad terapéutica última frente a los procesos de recuperación emocional de largo aliento que se podrían facilitar en un acompañamiento psicosocial o psicoterapéutico, pero sí logran afianzar mecanismos o herramientas de afrontamiento que, como en el caso de la señora Lucero se puede encontrar efectos terapéuticos al narrar esas otras historias de vida alternativas para honrar el buen nombre de su hijo y enorgullecerse de las historias de lucha que ha librado en más de 11 años de impunidad.
Foto 3. Exposición frente a los juzgados en Medellín y socialización a medios de comunicación con el apoyo de la Universidad Popular de los Pueblos- UPP. Fuente: Cadavid, L y Restrepo, A.
Las iniciativas de memoria se muestran como una herramienta con la cual se contribuye a la apropiación y fortalecimiento de las víctimas en los espacios judiciales a medida que narra e impacta en la memoria colectiva otras formas de ver lo que la violencia y las violaciones de DDHH han ocasionado en las historias de vida de personas y familias que han sufrido los crímenes de Estado. Así, en relación con el litigio estratégico, las iniciativas de memoria se convierten en un referente de lucha por una causa, pues aportan herramientas que impactan en lo jurídico, lo político y lo social.
Por último, las iniciativas de memoria cobran mayor importancia en la actualidad del país, ya que al momento de redactar este artículo existe un debate político alrededor de la dirección del CNMH, pues con el nombramiento de Darío Acevedo, quien sostiene posturas negacionistas acerca del conflicto armado en Colombia, se ha generado un rechazo de diversas organizaciones de víctimas de crímenes de Estado, de la insurgencia y del paramilitarismo. Dichas organizaciones incluso han retirado los archivos e iniciativas de memoria que en años anteriores fueron donadas como exposición para esta institución como una manifestación de rechazo a la dirección del CNMH hacia el desconocimiento de las víctimas y su derecho a la memoria. Actualmente, organizaciones de derechos humanos han manifestado que esas actuaciones constituyen lo que se ha denominado como memoricidio,debido al desconocimiento y deslegitimación de años de lucha y resistencia de las víctimas de los crímenes de Estado, y otro tipo de violaciones de DDHH, a través de la destrucción de las iniciativas que han desarrollado.21
Referencias
1 Psicólogo egresado de la Universidad Nacional de Colombia. Estudiante de la Especialización en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Universidad Nacional de Colombia. Profesional adscrito al Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional. Correo: snvelandiaa@gmail.com
2 Magíster en estudios políticos de la Universidad Nacional de Colombia y psicólogo egresado de la Pontificia Universidad Javeriana. Actualmente, trabaja en la Comisión Colombiana de Juristas en el litigio estratégico y acompañamiento psicojurídico a personas sobrevivientes del conflicto armado y violencia sociopolítica, especialmente en casos de tortura, ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada. Correo: penuelac03@gmail.com
3 El presente artículo es el resultado de un proceso de acompañamiento psicojurídico realizado a víctimas de violencia sociopolítica desarrolladas en la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) y de la tesis de grado “Las iniciativas de memoria como herramientas de acompañamiento psicojurídico y construcción de verdad en víctimas de violencia sociopolítica en Colombia” realizada por Sergio Velandia en el 2019 en el marco del programa de Psicología de la Universidad Nacional de Colombia. Del mismo modo, el estudiante de psicología Edwin Alexander Cárdenas Esteban participó en algunas etapas de dicho acompañamiento.
4 Si bien se escoge este periodo de tiempo debido a que la experiencia documentada ocurrió en estos años, es importante mencionar que los crímenes de lesa humanidad, como las ejecuciones extrajudiciales en Colombia, no han cesado, pues “Las ejecuciones extrajudiciales, sea en su modalidad de muertes de civiles a manos de agentes estatales por uso indebido o excesivo de la fuerza o en la modalidad de “falsos positivos”, afectaron durante el 2015 a por lo menos a 65 víctimas” (CCEEUU, 2016, p. 6). Del mismo modo, en el año 2019 se volvió a conocer en la opinión pública la continuidad de este patrón de violencia gracias al escándalo difundido por el periódico The New York Times y medios colombianos como Revista Semana, que continúan visibilizando las graves violaciones de derechos humanos al afirmar que dentro de unidades militares existía la circulación de unos formatos para el reporte de bajas por el excomandante general del ejército Nicacio Martínez. Para más información se recomienda consultar: a) https://www.nytimes.com/es/2019/05/18/espanol/america-latina/colombia-ejercito-falsos-positivos.html y b) https://www.semana.com/nacion/articulo/ordenes-de-letalidad-the-new-york-times-habla-de-posibles-falsos-positivos/615936
5 Según el artículo 7 del Estatuto de Roma, se consideran crímenes de lesa humanidad aquellas violaciones de derechos humanos contra la población civil que se presenten de forma generalizada y sistemática. En el caso de las ejecuciones extrajudiciales, se observa su carácter generalizado por su presencia en diferentes regiones del territorio nacional, así como en el número de víctimas de estas. Por su parte, el carácter de sistematicidad se encuentra reflejado en la organización y modus operandi bajo el cual se llevaron a cabo.
Según la Corte Penal Internacional, “se deben configurar los siguientes elementos para que sean considerados crímenes de lesa humanidad: a) ataque dirigido contra una población civil; b) política de Estado o de una organización; c) carácter generalizado y sistemático del ataque; d) nexo entre los actos criminales y el ataque; y e) conocimiento del ataque” (FIDH, 2012, p. 8).6 Este término es utilizado para referirse a todas aquellas actividades o profesiones relacionadas con el Ejército o las Fuerzas Armadas.
7 La Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos es una plataforma conformada por 281 organizaciones de Derechos Humanos a lo largo del territorio nacional.
8 El Plan Colombia fue un acuerdo bilateral entre el gobierno colombiano y el gobierno de Estados Unidos que tenía como uno de sus objetivos la lucha contra el terrorismo. Mediante este se formalizó la cooperación de Estados Unidos a Colombia en la financiación de la guerra contra los grupos insurgente, pues “Con más de US$ 9.000 millones entregados para financiar la estrategia entre 2000 y 2010, el país se convirtió en el principal receptor de ayuda estadounidense en América latina y uno de los primeros en el mundo. Bajo esta estrategia, el estado colombiano intensificó la lucha contra las drogas y combatió a los grupos guerrilleros haciendo de la recuperación de la seguridad el objetivo principal del proyecto político nacional” (Rojas, 2012, p. 14).
9 Esta permaneció secreta hasta que se dio a conocer a la opinión pública luego de que se hicieran públicos los hechos de los jóvenes de Soacha a finales del 2008, quienes fueron ejecutados extrajudicialmente por la Brigada Móvil No. 15 en el municipio de Ocaña.
10 La mentalidad del body count, para el caso de las ejecuciones extrajudiciales en Colombia, hace referencia a la ideología promovida dentro de la fuerza pública, con la cual se medía el éxito de la lucha contra el terrorismo mediante el número de bajas reportadas.
11 La Red de cooperantes e informantes se sustenta en un sistema de recompensas orientado a la obtención de información beneficiosa para labores de inteligencia militar.
12 Todas las disposiciones acerca de la construcción de memoria histórica enmarcadas en la Ley 1448 del 2011 se encuentran contenidas principalmente en los artículos 141 al 148 del Capítulo IX, correspondiente a las medidas de satisfacción.
13 “La esfera pública se concibe, en este caso, como el espacio de interacción de diversos actores, donde estas interacciones, desde una perspectiva relacional, son las que permiten reconstruir la dimensión conflictiva de las luchas por la visibilidad de las víctimas y sus memorias” (Sánchez, 2013, p. 72).
14 Para profundizar acerca de esta iniciativa se puede consultar el siguiente enlace: http://www.desaparecidos.org/colombia/galeria/comple.html.
15 Se recomienda un artículo de prensa donde se reconstruye el diálogo entre David Rieff y Gonzalo Sánchez, exdirector del Centro Nacional de Memoria Histórica-CNMH, como debate acerca de recordar y olvidar en los procesos de reconstrucción histórica con víctimas de violencia sociopolítica. Nota consultada el 16 de enero de 2018 en: https://www.revistaarcadia.com/feria-del-libro/articulo/proceso-de-paz-memoria-colectiva-gonzalo-s anchez-david-rieff/48551
16 “El establecimiento de la memoria como un género del bien común, y como una de las referencias esenciales de la salud de una sociedad o individuo, trasciende de hecho la política e incluso el interés en la política (…) la cuestión de la memoria histórica es más desconcertante, y los conceptos binarios de verdad y mentira, lo oculto y lo revelado, solo pueden conducirnos hasta determinado límite” (Rieff, 2012, pp. 52, 60).
17 El enfoque de acción con daño consiste en que todo profesional, funcionario u acompañante de víctimas debe reflexionar y desarrollar buenas prácticas que incluyan principios éticos de cuidado, pues es una: “responsabilidad primaria, esencial, de quien acompaña. Desde el enfoque de acción sin daño, reconocer esta responsabilidad corrobora la necesidad inmediata de analizar el lugar de quien acompaña” (Corporación AVRE, 2010, p. 45).
18 Es importante señalar que la experiencia de elaboración y movilización alrededor de la galería estuvo principalmente en el escenario de Justicia Penal Ordinaria en los últimos dos años y no en el de la JEP.
19 Este nombre fue dado por Lucero a la galería después de una reunión en la cual se trató el tema de la memoria y la Jurisdicción Especial para la Paz como una forma de preparación ante un evento de exposición de la galería.
20 Al igual que los discursos dominantes en la política que configura la historia oficial de un país como lo mencionamos anteriormente, las historias dominantes es un concepto del enfoque narrativo en la psicoterapia que describe la forma en cómo un relato o una narrativa en las historias de vida de las personas son los principales significados que definen en algunas ocasiones hasta la propia identidad. Si bien el concepto de historias dominantes viene de autores como David Epston y Michael White, autores como Castillo, I, Del Pino, Y. y Ledo, H (2012) exponen no sólo la definición del concepto sino también advierten los efectos de las historias dominantes y las historias alternativas: “La manera como hemos desarrollado estas historias está determinado por la manera como hemos ligado ciertos eventos, en una secuencia y atribuido significado (…) La historia dominante es una historia delgada. Generalmente es creada por otros que tienen más poder, aunque también por uno mismo, por ejemplo, padres, maestros, profesionales de la salud. Esto tiene consecuencias. La descripción delgada, la historia dominante, concluye en la identidad de las personas en una forma negativa. Estas conclusiones delgadas se ven como verdades de la identidad de la persona. Son historias saturadas de problemas. Las conclusiones delgadas oscurecen las relaciones de poder y los actos de resistencia que pudo haber hecho esa persona. Estas conclusiones delgadas hacen más fácil encontrar evidencia de la historia dominante, siendo más difícil encontrar las historias alternativas. Las historias alternativas son historias identificadas por las personas que nos consultas y que van en dirección a la vida que desean, reducen la influencia del problema en su vida y crea nuevas posibilidades de vida. Se busca, entonces, una descripción rica y detallada de la historia alternativa y cómo se teje con la de otros” (p. 63). Por consiguiente, es en la galería fotográfica donde se recogen historias alternativas de vida tanto de la historia de Omar Leonardo como de las luchas que la señora Lucero ha desarrollado luego de los hechos victimizantes.
21 Para profundizar en este debate puede consultar: https://pares.com.co/2020/05/06/reaccion-de-la-jep-frente-a-memoricidio-del-cnmh/, https://movimientodevictimas.org/convesatorio-virtual-por-el-dia-nacional-de-las-victimas-detengan-el-memoricidio/