Abrir la investigación sociojurídica1


Jaime Alexander Peña Bohórque2
 Universidad Nacional de Colombia

Recibido: 12/9/2019 - Aprobado 10/12/2019
DOI: https://doi.org/10.22490/26655489.3300

Resumen

Se aborda la importancia de estudiar el interior de las asignaturas de investigación sociojurídica en las facultades de Derecho, las distintas perspectivas, teorías y enfoques epistemológicos de la investigación social contemporánea como son: 1. la complejidad y teoría del caos, 2. el posestructuralismo, 3. los estudios culturales, 4. la teoría postcolonial y estudios de la subalternidad y 5. la decolonialidad. También se analizan los enfoques metodológicos interpretativo y sociocrítico – argumentando la necesidad del estudio y la aplicación en las facultades de Derecho– y el enfoque metodológico sociocrítico. De igual manera, se analizan las distintas estrategias metodológicas de los dos primeros enfoques (interpretativo y sociocrítico) y su aporte a la investigación en derecho, estrategias metodológicas como las historias de vida, la etnografía, el análisis crítico del discurso, la sistematización de experiencias, la reconstrucción colectiva de la memoria y la investigación acción participativa. Simultáneamente al estudio de cada uno de estos conceptos se hace una reflexión sobre la importancia de ampliar la formación en investigación de los estudiantes de los programas de derecho a toda la fundamentación epistemológica de las ciencias sociales sin olvidar que la disciplina del derecho hace parte de ellas.

Palabras clave: enfoques epistemológicos, enfoques metodológicos, estrategias metodológicas, teoría social contemporánea

Introducción

Cuando escuchamos hablar de investigación en algunas facultades de Derecho del país y se revisan los contenidos programáticos de sus asignaturas de investigación se puede observar cómo estas se limitan tan solo a enseñar al estudiante los elementos del proyecto de investigación; se inicia hablándoles del “título del proyecto”, explicándoles que este tiene como función la delimitación temporal y espacial y que hace referencia a la identificación plena, sencilla y precisa de la investigación; luego se pasa a hablarles de “la introducción” y se les dice que es aquella que sugiere una exposición breve del investigador sobre el tema de investigación, presentándola a manera de síntesis; así sucesivamente seguimos con el “problema de investigación”, con la hipótesis, la justificación, el objetivo general, los objetivos específicos, los resultados esperados, el marco referencial con su estado del arte, el marco teórico y jurídico. Cuando se llega al estudio de la estrategia metodológica se pasa a hablar de las formas de investigación, como la básica o propiamente disciplinar (jurídica), la investigación aplicada, que es aquella que relaciona el derecho con otras disciplinas del conocimiento como la ciencia política, la filosofía, la sociología, etc. y la investigación sociojurídica. Finalmente se concluye en el contenido provisional de la monografía.

Sin embargo, poco se les habla a los estudiantes de derecho de fundamentos epistemológicos, de enfoques y perspectivas epistemológicas como la complejidad y teoría del caos, como el posestructuralismo, como los estudios culturales, como la teoría postcolonial, los estudios de la subalternidad, y la decolonialidad; enfoques todos ellos de la teoría social contemporánea.

De igual forma se deja en el olvido hablar de los enfoques metodológicos contemporáneos de la investigación social (el interpretativo y el sociocrítico) al igual que el estudio de las distintas estrategias metodológicas como las historias de vida, la etnografía, el análisis crítico del discurso, la sistematización de experiencias, la reconstrucción colectiva de la memoria y la investigación acción participativa; estrategias todas de las ciencias sociales que aportarían en gran medida a las investigaciones en derecho, y a la formación del profesional en derecho.

  1. La importancia del estudio de los enfoques epistemológicos de la investigación social contemporánea

    Los enfoques epistemológicos son el conjunto de suposiciones de carácter filosófico de las que nos valemos para acercarnos al conocimiento; en la teoría social contemporánea estas se reducen a la complejidad, al posestructuralismo, a los estudios culturales, a la poscolonialidad y a la decolonialidad; estos enfoques son indispensables para la formación en los estudios del derecho tal como se verá a continuación.

    1.1 Enfoque de la complejidad y teoría del caos y su importancia en la formación del estudiante de derecho

    En contraposición al cientificismo reduccionista de Newton y Descartes, que se acerca al conocimiento y estudio de las cosas a través de la separación de las partículas o componentes de un todo para dar cuenta de manera separada de cada una de ellas y así poder interpretarlas en su conjunto, surge el enfoque de la complejidad, de la interdisciplinariedad, mediante el cual ya no se aborda el estudio del mundo mediante la separación sino a través de la observación de las partículas como elementos integrantes de un todo, de un fenómeno o sistema complejo e interrelacionado dentro del cual cada partícula depende de la otra y sin las cuales no se puede comprender la dinámica global del fenómeno estudiado; esto es a lo que Edgar Morín ha denominado “pensamiento complejo”, el cual consiste en abordar el estudio de los fenómenos sociales de manera conjunta, estudiando todas sus aristas desde todos los ángulos, utilizando para ello las diversas disciplinas del saber, que buscarán comprender todo el entramado interrelacional que conforma el tejido fenomenológico o social observado.

    La complejidad de un sistema no está solamente determinada por la heterogeneidad de los elementos o subsistemas que lo componen y cuya naturaleza los sitúa normalmente dentro del dominio de diversas ramas de la ciencia y la tecnología. Además de la heterogeneidad, la característica determinante de un sistema complejo es la interdefinibilidad y dependencia mutua de las funciones que cumplen dichos elementos dentro del sistema total (García, 2011).

    Es vital para el estudiante de derecho conocer esta perspectiva epistemológica contemporánea de la investigación social, toda vez que en las facultades de Derecho colombianas predomina el abordaje del estudio del derecho desde una perspectiva epistemológica hegemónica como es el método positivista, que solo aborda el estudio del hecho social y del acto jurídico de manera separada y aislada del gran entramado de problemáticas sociales que los genera; se aborda el estudio de la norma como un todo aislado de la realidad social que la genera, dejando de estudiar las causas de índole social, político, económico y ambiental que las origina, así como si esta está o no en condiciones de resolver las problemáticas sociales que le dieron origen.

    Es por esto que conviene formar a los estudiantes de las facultades de Derecho en Colombia en el estudio e investigación de los problemas jurídicos desde una perspectiva de sistema complejo donde el estudiante no se limite tan solo a interpretar las diversas normas jurídicas y la jurisprudencia de las altas cortes como si fuese un guardián, intérprete y custodio de las mismas, sino que por el contrario tenga la capacidad de analizar y comprender las causas que dieron origen a ellas para llegar a proponer desde una perspectiva más amplia e interdisciplinar normas y regulaciones que propendan por satisfacer realmente las necesidades resolver las problemáticas sociales.

    Ahora bien, este enfoque epistemológico, también invita al estudiante y profesional de derecho a pensar en la necesidad de trabajar con profesionales de otras disciplinas, desde las cuales se pueda aportar a resolver el sistema complejo, pues esto implica un ejercicio de investigación interdisciplinar en donde cualquier área del conocimiento puede aportar y debe interactuar con otras para poder descifrar el fenómeno social estudiado.

    1.2. El enfoque del posestructuralismo y su importancia en  la formación del estudiante de derecho

    El posestructuralismo más que una teoría en sí consiste en una corriente de pensamiento, una base para la producción de conocimiento dentro de la cual es posible ubicar diversas posturas y planteamientos en torno a la idea de que no es necesario el reconocimiento y estudio de estructuras subyacentes a los Abrir la investigación sociojurídica fenómenos sociales para una comprensión de estos (haciendo frente de esta manera a las teorías estructurales). Es decir que un acercamiento a la realidad social no debe estar determinado por elementos que estén más allá de la misma como la cultura, la economía, el derecho e incluso la psiquis (en línea con las corrientes representadas por Lévi-Strauss, Marx, Kelsen y Freud).

    Junto con ello, reconoce que el lenguaje no es un sistema compuesto por un conjunto único de signos; por el contrario, las relaciones entre significante y significado (entre una palabra y lo que esta quiere decir) se modifican permanentemente en línea con el contexto en que se produzcan.

    De esta forma, la producción de significados constituye un espacio de confrontación política en donde surgen diversas significaciones cargadas de variadas connotaciones e intencionalidades; ejemplo de esto podría ser el significado de la palabra “desarrollo”, que hoy tiene distintas connotaciones dependiendo del contexto desde donde se analice, ya sea desde el contexto de la cultura hegemónica o desde las nuevas ontologías del desarrollo como el ecosocialismo, las teorías del decrecimiento económico, el buen vivir, los postextractivismos, los bienes comunes, etc. En línea con la idea de inmovilidad planteada por el estructuralismo, el posestructuralismo cuenta con un principio de antiesencialismo, en el que no existen estructuras fijas y determinadas.

    El posestructuralismo cuenta con una serie de estrategias que permiten la generación alternativa de prácticas que cuestionen las estructuras de poder, como la deconstrucción planteada por el filósofo Derrida, por medio de la cual busca contraponerse al “logocentrismo” (Gibson-Graham, 2002, p. 265), visto como el proceso de producción de significado a partir de una estructura binaria compuesta por una parte positiva y negativa; en lugar de ello, apuesta por un proyecto político que genere espacios de heterogeneidad radical, es decir, donde se reconozca que entre los polos que conforman la estructura binaria (como amigo-enemigo, bueno-malo, paramilitar-guerrillero, derecha- izquierda, nosotros-ellos) existe toda una serie de posibilidades y elementos que han sido dejados de lado.

    Junto con la deconstrucción se encuentra la genealogía, trabajada por Michel Foucault, quien plantea que el modo en que se construyen los significados configura una representación del poder, el cual cuenta con una serie de manifestaciones en la vida social y en el cuerpo mismo.

    Otra de las estrategias presentes en el posestructuralismo es la performatividad, planteada por Judith Buttler, la cual establece que existe una serie de procesos culturales que toman forma por medio de varias prácticas reiterativas que dan paso a la creación de ideas y concepciones como el género. Estos procesos no están fijos o predeterminados, de manera que pueden modificarse según el entorno y las condiciones culturales en que se ubiquen.

    Salta a la vista la significación e importancia que tiene el estudio y abordaje de esta perspectiva epistemológica por parte de los estudiantes de derecho; ella conllevaría a que el estudiante se desprenda de los paradigmas epistémicos tradicionales del derecho y pase a realizar un estudio y análisis más profundo de las bases y estructuras subyacentes del discurso jurídico hegemónico estructural, que se encuentra ampliamente permeado por la influencia monárquica y anacrónica del derecho romano, del derecho alemán positivista y del francés clásico, así como de los intereses de los grandes grupos económicos de las multinacionales y transnacionales que ven la a la sociedad como sus clientes y a la naturaleza como una mercancía.

    El aporte de este enfoque epistemológico al estudiante de derecho sería también el de dotarlo de herramientas deconstructivas del lenguaje jurídico que le permitan resignificar muchos conceptos del discurso jurídico tales como el concepto de propiedad, de bienes, de recursos naturales, de democracia, de libre mercado, de desarrollo, de centralización, de recursos del subsuelo, de derechos humanos, etc. Una gran cantidad de conceptos jurídicos que necesitan ser deconstruidos y resignificados teniendo en cuenta las condiciones ambientales actuales y la crisis civilizatoria en la que nos encontramos inmersos; todo esto en aras de la búsqueda de una transformación cultural que permita garantizar la vida y la subsistencia de las distintas especies de nuestro planeta.

    Finalmente otro de los grandes aportes de esta perspectiva epistemológica sería el de dotar al estudiante de derecho de una capacidad crítica frente a las relaciones de poder que subyacen en la generación y producción de normas que regulan las relaciones de vida en todos sus aspectos, generando en este la comprensión y eliminación de los dualismos (hombre-naturaleza, desarrollo-extractivismo, democracia-partidos políticos y representación, amigo-enemigo, masculino-femenino, bueno- malo, centralización – descentralización, etc.)

    1.3. Los estudios culturales y su aporte a la formación del estudiante de derecho

    En palabras del profesor Eduardo Restrepo (2016), “Los estudios culturales son unos estudios que nacen desde la experiencia de la gente, son estudios que tienen que ver mucho con las vísceras, con las problemáticas que nos convocan, nacen como una crítica, como una reacción o problematización a los modelos reduccionistas y tratan de romper con esos modelos anquilosados del conocimiento y lo que buscan es abrir el conocimiento y la práctica social de múltiples maneras; los estudios culturales no se limitan a lo académico, siempre quieren ir más allá, a un campo intelectual y político, y buscan entender un contexto concreto; no tienen un origen simple, es decir, no cuentan con un momento exacto y concreto de génesis, pues responden a un proceso histórico de conformación en diferentes espacios, coyunturas, historias; es decir, cuentan con diversas trayectorias.

    Esto constituye un rasgo caracterizador y potenciador del enfoque ya que precisamente visibiliza una posibilidad, pues constituye a los estudios culturales como una plataforma en la que puede situarse aquello que no se conoce todavía, lo que no se puede nombrar, lo que no se puede clasificar. Este constituiría un primer postulado.

    Sin embargo, dicha amplitud para recibir aquello sobre lo que no se conoce no lo establece necesariamente como un espacio en el que entra todo sin algún tipo de rigor, reflexión o selección pues dichos estudios tienen una “voluntad de conexión” (Hall, 1992). Esta puede ser explicada a partir de evidenciar el aspecto político de los mismos, pues dentro de estos necesariamente ocurre una toma de posición, un análisis de las prácticas culturales y su interacción con las relaciones de poder establecidas en los diferentes contextos en los que se sitúan yendo más allá de las formas tradicionales en que se han constituido los intelectuales, generando aportes a partir del lenguaje de la cultura, constituyéndose de esa forma en intelectuales orgánicos que estudian ese tipo de interacciones (cultura, colectividades, política y Estado) pero que también las transmiten hacia afuera, las comunican a la gente.

    El aporte que el estudio y conocimiento de este enfoque epistemológico podría hacer a la investigación en derecho, a sus estudiantes y profesionales es el de abrir la visión hacia los problemas de la sociedad, hacia aquellos grupos, movimientos, organizaciones y experiencias colectivas que están emergiendo en medio de la realidad y problemáticas sociales y reclaman la atención del Estado, la reivindicación de sus derechos (que están siendo vulnerados) y la protección y garantía del Estado. Ejemplo de esto podrían ser los indígenas nasa del Cauca, los campesinos desplazados por la violencia, la comunidad LGTBI, los líderes sociales en riesgo de muerte, etc.

    También, ciudadanías emergentes han sido invisibilizadas por el despotismo de los gobiernos del orden nacional, departamental y municipal y requieren de atención bien por parte de la academia o por parte del Estado. Este es el aporte que el estudiante o profesional puede aportarle a la sociedad desde su formación disciplinar: poner a disposición de las comunidades necesitadas y poco observadas por el Estado y la academia todos sus conocimientos a disposición de estas y en procura de aportar a la solución de sus problemáticas y necesidades sociales.

    Es decir que, si se capacita a los estudiantes de derecho, en el análisis y observación de la población desde la perspectiva de los estudios culturales, tendremos seguramente abogados más comprometidos con las comunidades, organizaciones, movimientos y colectivos sociales que sufren la indiferencia del Estado y la vulneración de sus derechos desde todos los flancos de la sociedad.

    El enfoque de la teoría postcolonial y estudios de la subalternidad y su aporte a la formación del estudiante de derecho

    La postura poscolonial desarrollada por el historiador indio Chakrabarty surge como una propuesta por un rescate Abrir la investigación sociojurídica de las construcciones teóricas propias de los diferentes lugares, apostando por una reivindicación de las tradiciones de pensamiento, que, en el marco de los razonamientos occidentales, se han constituido como temas de investigación histórica sin aplicabilidad o relevancia en la actualidad

    El pensamiento europeo no permite generar reflexiones complejas sobre las situaciones políticas de los entornos no occidentales y de esa manera debe modificarse. Necesita una renovación generada desde y para los márgenes y periferias en donde no se mantengan los esquemas de colonización del pensamiento, sino que se construyan posibilidades reales de comprensión de las diversas realidades globales.

    Conceptos propios de la teoría política europea, en donde términos como ciudadanía, Estado, sociedad civil, esfera pública, derechos humanos, igualdad ante la ley, individuo, la distinción entre lo público y lo privado, la idea de sujeto, democracia, soberanía popular, justicia social y racionalidad científica se han instalado en espacios distintos a los que surgieron, no cuentan con la misma capacidad para representar las realidades políticas modernas de los diferentes territorios. Tales conceptos se han modificado en torno a las construcciones europeas generando expectativas y marcos normativos que se acojan a las ideas que engloban los principios de la política y representatividad occidental (Chakrabarty, 2008, p. 30).

    El aporte de esta postura a la investigación jurídica sugeriría a los estudiantes y profesionales del derecho un abordaje del estudio de la disciplina desde una mirada no “eurocéntrica”, sino por el contrario desde una mirada de nuestra realidad local, un rescate de las construcciones teóricas propias de los diferentes lugares, apostando por una reivindicación de las tradiciones de pensamiento local que permitan al abogado actual proponer regulaciones más acordes con las necesidades y vocaciones locales y nacionales. Esto permitiría al estudiante y profesional del derecho cuestionar aquellos modelos legales o judiciales que debido al proceso de globalización han sido implementados en nuestro país pero que en nada atienden a solucionar las problemáticas y necesidades propias de nuestro territorio.

    1.5. Enfoque de la decolonialidad y su aporte a la formación del estudiante de derecho

    Al igual que la teoría postcolonial, la decolonialidad parte por reconocer el modo en que desde Occidente se han generado procesos históricos de colonización que han llevado a que, en la actualidad, en términos del conocimiento, de formas políticas, sociales, económicas y culturales, se haya construido una homogeneidad de las diferentes regiones del mundo dejando de lado las construcciones propias de lugares como Asia, África y Latinoamérica. Frente a ello busca partir de conocimientos y herencias propias de los diferentes contextos que han sido subordinados y colonizados. En consecuencia, elabora distintas estrategias y planteamientos como lo son el pensamiento heterárquico, que busca el establecimiento de un nuevo lenguaje y la elaboración de estructuras complejas en donde no exista un orden jerárquico y vertical, sino que todos puedan gobernar por igual. Así mismo, se aleja de los razonamientos económicos que han sentado posturas críticas sobre la dependencia que se ha generado por parte de las potencias mundiales hacia los países latinoamericanos, pero que solo realizan un análisis en términos financieros y de recursos, sin incluir categorías como género y raza.

    El aporte que este enfoque epistemológico puede hacer al derecho es impensable; bastaría con que el estudiante y profesional del derecho, dé cuenta de cómo el proceso de colonización invadió todas las esferas de la vida (la del poder, la economía, la política, la educación y el conocimiento); esto último tendría consecuencias relevantes y es hacer entender al estudiante y profesional de la disciplina, que la misma es una disciplina colonizada que obedece a las lógicas e intereses propios de Europa, Estados Unidos y los grandes grupos económicos nacionales e internacionales y que se necesita comenzar a pensar el derecho desde el Sur, desde los países colonizados y oprimidos históricamente; hay que pensar el derecho desde otros paradigmas de desarrollo distintos al que ha impuesto el poder hegemónico colonial y, por ende, pensar el derecho desde las verdaderas necesidades sociales propias de Colombia.

    2. De los enfoques metodológicos, interpretativo y sociocrítico

    2.1. El enfoque interpretativo

    El enfoque metodológico analítico-interpretativo o en términos de Jürgen Habermas, “histórico-hermenéutico”; está fundamentado en los preceptos de la hermenéutica, la corriente filosófica de la fenomenología, la teoría crítica, y la teoría social contemporánea, entre otras, que ponen en discusión los postulados de la epistemología positivista y su enfoque empírico- analítico, trazando como propósito central analizar, comprender o interpretar un fenómeno o una realidad en un contexto concreto. El objeto de estudio propio de este enfoque son las subjetividades, las organizaciones, instituciones, imaginarios, discursos y narrativas.

    Este enfoque metodológico tiene un carácter ideográfico, pues no pretende generar leyes o reglas universales, sino generar interpretaciones o diferentes lecturas sobre la realidad del objeto estudiado.

    Hablar del enfoque metodológico analítico-interpretativo, nos lleva a hablar de metodologías interpretativas tales como: las historias de vida, la etnografía, el análisis del discurso y análisis de imágenes; así como a la utilización de los distintos instrumentos de recolección de la información como la entrevista, los diarios de campo, relatos, grupos de discusión, encuestas, árbol de problemas y espinas de pescado.

    2.2. Estrategias o técnicas metodológicas propias del  enfoque interpretativo

    2.2.1. La historia de vida

    Las historias de vida son metodologías asociadas al enfoque interpretativo, cuya principal característica es que la respuesta al problema de investigación se construye a partir de la interpretación que el o la investigadora elabora a partir de la palabra (escrita, oral, visual, etc.) de las personas sujeto de investigación inscritas en el contexto cultural del que hacen parte. La atribución de significado que le dan esos sujetos a lo que viven, a lo que sienten, es central para este enfoque de investigación. Según Puyana y Barreto (s.f., pág. 7), con el fin de analizar las historias de vida, es importante construir marcos conceptuales y metodologías que permitan explicar la relación entre el relato individual y el conjunto social, siempre teniendo en cuenta los alcances y las limitaciones del material obtenido en la investigación. La información obtenida en la historia de vida debe complementarse con otras estrategias de investigación que permitan acceder a elementos de contrastación e interpretación colaterales. Quien investiga debe establecer el contexto en el que se desenvuelven las personas investigadas, utilizar técnicas de registro como la elaboración del diario de campo, realizar observación participante, etc. (Puyana y Barreto, s.f., pág. 8).

    El objetivo de la historia de vida es indagar sobre los procesos sociales y colectivos a través de la reconstrucción y el análisis de las trayectorias de vida de personas significativas para dichos procesos.

    El primer momento para realizar una historia de vida consiste en la elección de la persona de la cual vamos a realizar su historia de vida. Este ejercicio es fundamental, ya que se debe seleccionar a personas que, por su trayectoria vital, puedan brindar información relevante para la pregunta de investigación. Además de su relación con la temática abordada, la persona deberá estar dispuesta a participar en las varias sesiones que demanda contar su vida. Desde el punto de vista formal, se debe contar con el consentimiento informado de la persona seleccionada.

    Una vez seleccionada la persona para entrevistar deberá elaborarse un mapa general de la trayectoria de vida, los lugares conocidos y los momentos más significativos para esa persona. Para esto se pueden realizar varias entrevistas a profundidad que permitan establecer confianza con la persona entrevistada e ir reconstruyendo su trayecto vital. La información significativa, personas, lugares y hechos, deberá ser consignada en una línea de tiempo. (Restrepo, 2016, p. 28).

    El tercer momento importante es el que se conoce como etapa de registro. Partiendo del mapa elaborado anteriormente se procede a realizar nuevas entrevistas que permitan profundizar Abrir la investigación sociojurídica en los episodios o momentos significativos identificados. Se recomienda que en cada entrevista se aborde uno o máximo dos episodios. Lo ideal es que estas entrevistas sean grabadas.

    Durante el cuarto momento se elaborará la primera versión de la historia de vida. Para ello se utilizará el material grabado en las dos etapas anteriores. Además de ir construyendo el relato, este ejercicio permite identificar qué información hace falta y cuáles son las dudas o aspectos que se deberán profundizar en nuevos encuentros con la persona seleccionada. En el quinto momento se deberá efectuar lo que se conoce como contrastación narrativa. El ejercicio que se deberá hacer es leer la primera versión junto con la persona de la cual se está elaborando la historia de vida con el fin de que ella corrija y amplíe la narrativa en aquellos aspectos que no estén suficientemente claros o que no hayan sido bien interpretados. Al igual que las sesiones anteriores, esta deberá ser grabada ya que esto permitirá registrar todos los cambios sugeridos. Finalmente, se realizará una nueva lectura de la versión corregida con la persona de la cual se está elaborando la historia de vida. Allí se deberán pulir los detalles que hagan falta para concluir la escritura de la historia.

    La historia de vida puede terminar siendo una estrategia metodológica muy importante; por ejemplo, para el derecho penal cuando se requiere indagar para su defensa en las causas (de todo tipo) que dieron origen a que el imputado haya cometido el delito por el cual se procesa; también cuando se quiere hacer un estudio en criminología sobre el patrón de conductas de ciertos delincuentes en determinados delitos; o para la fiscalía y el cuerpo técnico del CTI, cuando está realizando alguna investigación. Para todos estos casos son vitales las historias de vida.

    El análisis del discurso

    En palabras de Teun A. van Dijk (1999):

    “El análisis crítico del discurso es un tipo de investigación analítica sobre el discurso que estudia primariamente el modo en que el abuso del poder social, el dominio y la desigualdad son practicados, reproducidos, y ocasionalmente combatidos, por los textos y el habla en el contexto social y político. El análisis crítico del discurso, con tan peculiar investigación, toma explícitamente partido, y espera contribuir de manera efectiva a la resistencia contra la desigualdad social”. (p.1)

    La importancia del discurso y con este el interés por comprender su contenido, el contexto de enunciación y los actores que lo producen, ha llevado a que el “análisis del discurso” se constituya en una estrategia de investigación que posibilita develar roles, imaginarios culturales, intereses, juegos de poder y demás dinámicas que subyacen al acto discursivo. Como lo enuncia Montañés (2011), “Toda expresión lingüística además de constatar construye realidades” (p.98), de ahí su importancia en la investigación social.

    La raíz epistemológica-filosófica de esta estrategia de investigación es la hermenéutica, la fenomenología, la teoría crítica entre otros y nos recuerda que “el estudio de las formas simbólicas es fundamental e inevitablemente una cuestión de comprensión e interpretación. Las formas simbólicas son construcciones significativas que requieren una interpretación; son acciones, expresiones y textos que se pueden comprender en tanto construcciones significativas” (Thompson, 2002. p. 398). Por tanto, desde los enfoques interpretativos que emergen de esta se plantea la importancia del “análisis de categorías como sujeto, subjetividad y significación; en ese sentido, interesará desarrollar aquello que en las percepciones, sentimientos y acciones de los actores sociales aparece como pertinente y significativo” (Gutiérrez, 2015. pág. 265).

    El análisis del discurso puede llevarse a cabo sobre la base del material acopiado a través de técnicas de investigación como una entrevista a un personaje en particular, una observación de campo donde interactúan diversos actores, un grupo focal donde identificamos las posturas y puntos de vista de los participantes o el análisis de fuentes secundarias como registros fílmicos, prensa, cartas, etc. En otras palabras, todo aquello que esté mediado por el lenguaje y sea susceptible de ser analizado.

    Para la investigación en derecho es de vital importancia el conocimiento de esta estrategia metodológica, pues si se revisa el estado del arte en Colombia sobre el uso en derecho del análisis crítico del discurso podemos encontrar casi nada y es necesario hacer uso de esta estrategia metodológica para Abrir la investigación sociojurídica analizar las leyes y las sentencias de los tribunales y las altas cortes; de ahí el estudiante o profesional debe poder develar los roles, los imaginarios culturales, los intereses, los juegos de poder y demás dinámicas que subyacen al acto discursivo del Congreso, los tribunales y las altas cortes, que en ciertas ocasiones desconocen o subestiman el discurso de comunidades que desde su perspectiva epistemológica reclaman la garantía y protección de sus derechos, pero que son ignorados e invisibilizados por las posturas epistemológicas hegemónicas de los órganos del Estado y los centros de poder.

    2.2.3. La etnografía

    La etnografía es una metodología de investigación que inicialmente surge con el propósito de conocer y describir a pueblos y culturas no occidentales: particularmente África, América y Oceanía. De esta forma, investigadores, misioneros y viajeros en estancias prolongadas con estas “otras” culturas o pueblos escribieron los primeros extensos y detallados diarios de campo en los que con minucia describieron las cotidianidades de las comunidades. Estas primeras descripciones etnográficas tuvieron el propósito de “conocer para dominar”, en tanto fueron usadas para evangelizar, expropiar y colonizar a esos “otros” considerados inicialmente inferiores.

    Desde hace unas décadas la etnografía es usada por distintas disciplinas (antropología, sociología, trabajo social y muy poco por el derecho) como metodología que a partir de “describir” de manera densa (Geertz, 1986) un contexto sociocultural permite acercarse a la manera como las personas tejen sus cotidianidades, los discursos y las prácticas que allí están en juego. Se puede definir la etnografía como:

    “la descripción de lo que una gente hace desde la perspectiva de la misma gente. Esto quiere decir que a un estudio etnográfico le interesa tanto las prácticas (lo que la gente hace) como los significados que estas prácticas adquieren para quienes las realizan (la perspectiva de la gente sobre estas prácticas)”. (Restrepo, 2016, p.16)

    La etnografía entonces podría contribuir de manera significativa a la investigación en derecho; más ahora cuando vemos a diario como surgen requerimientos y manifestaciones de diferentes grupos, comunidades indígenas como los nasa en el Cauca, movimientos, organizaciones y actores sociales de toda índole que ven amenazados o vulnerados su derechos individuales y colectivos y se movilizan en busca de que el Estado le preste atención a sus necesidades y proclamas.

    ¿Cómo el Estado les va a ayudar a solucionar sus necesidades si ni siquiera las conoce? Por esto precisamente es que se hace indispensable que el estudiante o profesional en derecho conozca esta estrategia metodológica de investigación. Con ella puede adquirir las competencias de poder insertarse en las distintas comunidades que reclaman la garantía y protección de sus derechos y puede indagar realmente en su cosmogonía, en sus formas de hacer, de pensar, en sus verdaderas necesidades y problemáticas; con estos insumos puede contribuir desde el derecho a proponer marcos regulativos que propendan por la solución de los problemas y necesidades de estas organizaciones, movimientos y comunidades y a defender los intereses de estas colectividades.

  2. El enfoque sociocrítico

    En el transcurso del siglo XX en el campo de la investigación social se dio apertura a enfoques metodológicos críticos que plantean fuertes rupturas con la formalización e institucionalización de la producción de conocimiento que se fundamenta en los postulados del enfoque empírico-analítico, pero que incluso no habían sido controvertidos del todo en el enfoque interpretativo. Algunas de estas rupturas se expresan frente a la forma de asumir la teoría en la problematización de la realidad: la relación entre el objeto de investigación y el sujeto, donde de acuerdo con este enfoque no están separados sino que el sujeto se involucra y hace parte del objeto y construye con él; los propósitos y fines de la investigación donde desde este enfoque el fin es la liberación o emancipación y la relación entre el investigador y el conocimiento que genera, el cual no es solo en beneficio del investigador, sino en beneficio del objeto investigado y se construye colectivamente con el objeto investigado. Estos enfoques son conocidos también como investigación desde el margen, investigación situada o enfoque sociocrítico y se cimenta en los desarrollos epistemológicos o epistémicos de la teoría marxista, de la teoría crítica de la Escuela de Frankfurt, de los postulados de la educación popular, de la teología de la liberación, de la filosofía de la liberación y de la crítica a la cultura (estos últimos que podrían ser nominados como pensamiento latinoamericano). Justamente, es desde este contexto en el que se realizan tales aportes a la investigación y al pensamiento social a partir de las realidades y necesidades de la región, como la perspectiva de la transformación y la emancipación social.

    Las estrategias metodológicas que se inscriben en este enfoque son la investigación acción participativa (IAP) desde los trabajos de Orlando Fals Borda; la sistematización de experiencias y la recuperación colectiva de la historia y de la memoria RCM, desarrolladas principalmente por Alfonso Torres, Lola Cendales, Marco Raúl Mejía, Alfredo Guiso, Oscar Jara y Sergio Martinik, entre otros, las cuales tienen como objetivo central el cambio social de aquello que resulte problemático para los colectivos, por medio de la investigación reflexiva y crítica y el acompañamiento a los procesos organizativos, políticos, económicos, sociales, jurídicos y culturales de grupos, instituciones y comunidades.

    La necesidad del estudio de este enfoque metodológico y sus efectos en la investigación en derecho son de vital importancia para la formación del abogado pues invitaría y facultaría a los estudiantes, investigadores y profesionales de la disciplina a analizar las transformaciones sociales; ofrecer soluciones y respuestas a las problemáticas sociales; identificar el potencial para el cambo social; gestionar y actuar a favor del cambio y la transformación social; llevar toda la teoría jurídica a la práctica para actuar con unas orientaciones políticas y epistémicas y a competencias para las cuales los programas de derecho no están capacitando a sus estudiantes.

    2.4. Estrategias o técnicas metodológicas propias del enfoque sociocrítico

    2.4.1. La sistematización de experiencias

    La sistematización de experiencias se ubica entre aquellas metodologías de investigación del enfoque sociocrítico que se caracteriza por la producción participativa del conocimiento, que se construye mediante una relación comunicativa y democrática entre quien investiga y los sujetos de estudio, para retroalimentarse mutuamente y lograr ver cómo estos últimos entienden e interpretan su realidad y las acciones que realizan.

    La sistematización de experiencias refleja de manera explícita una postura política desde la cual se reconoce a las personas que gestan iniciativas de transformación social como constructores de la historia y no simplemente objetos pasivos a merced de los acontecimientos o de imposiciones de poderes de centro, ni como objeto de las lecturas de científicos sociales en calidad de agentes externos prestos a observar y a imponer sus interpretaciones. De esta manera, la sistematización de experiencias se emparenta con otra estrategia metodológica surgida igualmente en Latinoamérica, propuesta por el sociólogo colombiano Orlando Fals Borda: la de IAP, entendida como “un enfoque investigativo que busca la plena participación de las personas de los sectores populares en el análisis de su propia realidad, con el objeto de promover la transformación social a favor de estas personas” (Jara, 2009, p. 125).

    2.4.2. La investigación acción participativa

    De acuerdo con el diccionario de acción humanitaria y cooperación al desarrollo, la investigación acción participativa (IAP) es un método de investigación y aprendizaje colectivo de la realidad basado en un análisis crítico con la participación activa de los grupos implicados; se orienta a estimular la práctica transformadora y el cambio social combinando dos procesos, el de conocer y el de actuar, e implicando en ambos a la población cuya realidad se aborda; proporciona así a las comunidades un método para analizar y comprender su realidad, sus problemas, necesidades, capacidades y recursos y les permite planificar acciones y medidas para transformar esa realidad. En palabras de Jara (2012), la investigación acción participativa es “un enfoque investigativo que busca la plena participación de las personas de los sectores populares en el análisis de su propia realidad, con el objeto de promover la transformación social a favor de estas personas” (p.125).

    La IAP es un método que combina la teoría y la praxis ya que posibilita en la población el aprendizaje, la toma de Abrir la investigación sociojurídica conciencia crítica sobre su realidad, su empoderamiento, la ampliación de sus redes sociales, su movilización colectiva y su capacidad transformadora.

    Con respecto al origen de la IAP, esta surge en los años 70 en medio de un clima de luchas populares y del fracaso de los métodos clásicos de intervención social; sin embargo, sus antecedentes los encontramos en el concepto de “investigación”, de Kurt Lewin en 1944, entendido como un proceso participativo y democrático llevado a cabo con la propia población local, de recogida de información, análisis, conceptualización, planificación, ejecución y evaluación. Se trataba de una propuesta que rompía con el mito de la investigación estática y defendía que el conocimiento se podía llevar a la esfera de la práctica y que se podían lograr de forma simultánea avances teóricos, concienciación y cambios sociales (Eizagirre y Zabala, 2005, pág. 6).

  • Conclusiones

    Como puede observarse, la enseñanza de los distintos enfoques epistemológicos, metodológicos junto con sus respectivas estrategias metodológicas, estudiadas en el presente documento, aportarían de manera significativa a la formación del estudiante de derecho, a su desarrollo profesional y personal y, por ende, al bienestar de nuestra sociedad colombiana. Por tanto, este artículo hace un llamado a las facultades de Derecho a abrir la investigación jurídica y sociojurídica y a todo el campo epistemológico de la investigación social contemporánea a incluir dentro de su plan de estudios, específicamente en el sílabo de las asignaturas de investigación jurídica o sociojurídica, el estudio de la fundamentación epistemológica de la investigación social contemporánea.


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    1. Artículo de reflexión

    2. Especialista en derecho del Trabajo, Universidad Nacional de Colombia, Colombia.
      Jaime.pena@unimeta.edu.co o abogadojaimebohorquez@hotmail.com